viernes, 3 de diciembre de 2010

Un travesti recibió su DNI con nombre de mujer

Por primera vez fue otorgado el documento sin requerir una operación de cambio de sexo; se realizó un acto en la Cámara de Diputados

Jueves 2 de diciembre de 2010 | 18:21 (actualizado a las 18:21)

Un travesti recibió su DNI con nombre de mujer
Tania Luna recibió su DNI. Foto Télam

Un travesti recibió hoy, por primera vez, un Documento Nacional de Identidad con nombre de mujer sin que mediara una operación de cambio de sexo, tras el reclamo de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) que pidió una ley para implementar "el reconocimiento y respeto" de la identidad de género.

El DNI fue entregado a Tania Luna, en el marco de una reunión que se hizo en la Cámara de Diputados de la Nación, con la presencia de organizaciones homosexuales y de derechos humanos.

El titular del Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia (INADI), Claudio Morgado, consideró que la entrega de DNI a personas transexuales y travestis "es el avance en la ampliación de derechos civiles y de ciudadanía".

El funcionario explicó que con el reconocimiento legal de la identidad de género las personas podrán acceder a beneficios sociales, coberturas de salud y trabajos dignos, y advirtió que las condiciones de vida de los transexuales "suelen ser muy desfavorables".

"Tienen un promedio de vida muy bajo, de 36 años", sostuvo Morgado.

Luna, acompañada por el presidente de la CHA, César Cigliutti, dijo en declaraciones a la prensa que puso su "mente y el cuerpo para las pericias que se exigen y espero que se dejen de exigir en el futuro" y consideró que "son invasivas".

Pedido de ley. La CHA tiene registradas unas 15 presentaciones judiciales para cambio de identidad, mientras otros fueron presentados en otros puntos del país.

En ese sentido, pidió que el Congreso de la Nación sancione el proyecto de ley presentado por la diputada Diana Conti (FPV) para el reconocimiento de la identidad de género.

La iniciativa, que fue presentada el 10 de noviembre, establece que "toda persona mayor de 16 años podrá solicitar la rectificación del nombre, el sexo e imagen registral en todos aquellos registros públicos en los que figuren tales datos y que no coincidan con su género autopercibido".

El proyecto no exige acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni terapias hormonales o tratamiento psicomédico para la rectificación del nombre.

Notica extraida de la nacion on line del 2/12/2010.

Fertilización asistida gratuita - Ley porteña

Aprobaron la fertilización asistida gratuita para los porteños.

El tratamiento de fertilización asistida será gratis para todas las parejas bonaerenses que tengan problemas para procrear. El Senado provincial sancionó anoche una ley que permitirá a los afiliados de cualquier obra social o prepaga recibir esta cobertura sin costo alguno. Además habilita cuatro centros asistenciales para que se atiendan las parejas que no tienen obra social.

La norma bonaerense, que se adelantó a la nacional (aún en etapa de comisiones en el Congreso), ya generó el rechazo de la cámara que agrupa a las empresas de medicina prepaga (ver “¿Quién lo va a financiar....?” ).

Según los datos del Ministerio de Salud provincial, casi el 40% de la población (más de 6 millones de personas) está sin cobertura social o prepaga. Los hospitales que deberán asistir a esos pacientes en forma gratuita son el “San Martín” de La Plata; el “Güemes” de Haedo; el “Alende” de Mar del Plata y el “Pena” de Bahía Blanca. Las autoridades sanitarias evalúan que en dos meses estarán habilitados los consultorios.

Antes, habrá un proceso de capacitación para médicos de hospitales públicos. “Decidimos concentrar en el San Martín de La Plata los recursos tecnológicos y los capacitadores que formarán a los profesionales y técnicos de nuestros hospitales en el diagnóstico y tratamiento de los problemas de fertilidad”, explicó el ministro de Salud, Alejandro Collia.

Para los bonaerenses sin cobertura médica la ley ordena crear un programa estatal para generar centros de referencia que puedan atender a quienes, por cuestiones económicas, no puedan acceder a estas prácticas. Un tratamiento completo de alta complejidad (ver “Algunos tratamientos” ) cuesta hasta 25 mil pesos.

Hace dos meses los diputados votaron el proyecto. Entonces el presidente del cuerpo, Horacio González, logró unificar cuatro propuestas que se discutían en comisión cuando Daniel Scioli impulsó la aprobación de esta norma.

Ayer, Marcelo Feliú, autor del proyecto y presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, le dijo a Clarín : “Esta ley hace fuerte al débil. Ahora son los afiliados los que tendrán el derecho y las obras sociales y prepagas deberán cubrir los tratamientos. En todo caso serán las empresas las que deberán recurrir a la Justicia si así lo consideran y ya no la gente. Además, esto se funda en los cientos de fallos provinciales y federales que ya hubo a favor de los pacientes”.

La infertilidad es un trastorno que afecta a una de cada seis parejas en estado fértil , según datos de la Organización Mundial de la Salud. Serán beneficiarios de esta ley todos las parejas casadas o convivientes que acrediten tres años de residencia en territorio bonaerense.

En una primera etapa se emplearán técnicas diagnóstico de baja complejidad. Son las utilizadas para evaluar alteraciones leves en el espermograma, dificultades coitales, algunos problemas del cuello uterino, alteraciones ovulatorias y endometriosis leves, entre otras. Y el tratamiento que se hará será el más básico: la inseminación artificial. Luego, un Consejo Consultivo de Fertilidad Asistida para cuestiones de bioética, que se formará en 90 días, deberá fijar características y modalidades del resto de las prácticas gratuitas que deberán hacer tanto los hospitales públicos como los centros privados.


Clarín 03/12/10 Desde ayer es ley. Al principio se deberán cubrir tratamientos de baja complejidad.

PorFABIÁN DEBESA - La Plata.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Claves para poder cobrar los juicios de los jubilados

Claves para poder cobrar los juicios de los jubilados

La Corte Suprema acaba de ratificar, en la causa “Cari, Lorenzo”, que la viuda puede continuar con el reclamo del jubilado fallecido. Y para el cálculo de la retroactividad se toma en cuenta la fecha en que el marido inició el pedido administrativo de reajuste.


La gran cantidad de juicios previsionales y los años que pueden pasar hasta que salgan las sentencias, queden firmes y sean efectivamente pagadas, plantea interrogantes sobre lo que puede pasar si fallece el jubilado reclamante.

La Corte Suprema acaba de ratificar, en la causa “Cari, Lorenzo”, que la viuda puede continuar con el reclamo del jubilado fallecido . Y para el cálculo de la retroactividad se toma en cuenta la fecha en que el marido inició el pedido administrativo de reajuste.

Así la Corte revocó los fallos de los tribunales inferiores que habían resuelto que la viuda debía iniciar un nuevo reclamo porque el marido no había iniciado el reclamo judicial.

Para el Alto Tribunal esas sentencias se dictaron “sin tener a la vista los expedientes administrativos” y “no se avienen con las garantías del debido proceso ni ponderan la cuestión con la amplitud de criterio propia de la materia previsional”. En base a este fallo, el abogado Guillermo Jáuregui, consultado por Clarín , planteó cinco claves a tener en cuenta:

1. Quién cobra Si un jubilado o jubilada presentó una solicitud de reajuste por vía administrativa o inició una demanda en la justicia y luego fallece, tanto la viuda/o como los hijos menores o incapacitados –los llamados derechohabientes previsionales - pueden continuar con el trámite. Y pasan a cobrar la eventual retroactividad y el reajuste del haber.

2. Cómo se paga La ANSeS debe abonar directamente a losderechohabientes previsionales, sin necesidad de hacer el trámite sucesorio.

3. Los herederos Si no existan derechohabientes previsionales, el reclamo puede ser continuado por los herederos. Pero queda acotado a los años de retroactividad que se le debían al beneficiario fallecido, que son de2 años antes desde que se interpuso el reclamo administrativo hasta la fecha del fallecimiento.

4. Trámite sucesorio En este caso para poder continuar con el reclamo es indispensable hacer el trámite sucesorio. Es importante aclarar que cuando el proceso de reajuste se complica con el trámite sucesorio, las demoras para el pago son mayores ya que la ANSeS tiene un presupuesto más acotado y distinto de la liquidación de las sentencias de beneficios activos, por lo que el pago puede demorar varios años más.

5. Compartir información Una recomendación que se considera importante para ser tenida en cuenta por todos jubilados los que tengan juicios de reajustes es que informen a sus familiares más cercanos la existencia de la demanda, ya que en muchas ocasiones el trámite no se continúa porque el letrado desconoce la existencia de los herederos y éstos ignoran la existencia del pleito.


30 NOV 2010 10:08h

JUICIOS - Eco - Clarín...

PorISMAEL BERMÚDEZ